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El derecho a no vacunarse
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CARTA DE LA DIRECTORA ·
El consejero de Sanidad anunció el miércoles que no se obligará a cambiar de puesto de trabajo a los empleados de residencias que han decidido no vacunarse. El argumento que justifica esa medida es que en Extremadura el número de trabajadores que rechazan la vacuna ... es pequeño. Pero existen. Y, por tanto, existe el problema. No de las dimensiones de Francia, por ejemplo, donde el rechazo a las vacunas es más amplio, pero suficiente para que los usuarios de residencias y sus familias se pregunten qué derecho debe prevalecer: el de las personas que libremente deciden no vacunarse, aun cuando desempeñen un empleo que les obligue a estar en contacto con personas de salud frágil, o el de los ancianos a no ser contagiados por un cuidador que extienda el virus porque ha rechazado la inmunización. ¿A quién darán la razón los tribunales cuando una familia cuya madre muera debido a una infección que le ha transmitido un cuidador no vacunado ponga una demanda? ¿Habrá derecho a indemnizar el daño? ¿Y quién pagará? ¿El trabajador, el dueño de la residencia, la Administración?
Asuntos como este no han llegado todavía a los juzgados, pero llegarán, y entonces los jueces tendrán que dictar sentencia sobre una cuestión que los políticos deberían haber resuelto ya. Llevamos meses echando en falta una ley de pandemias que resuelva cómo abordar las decenas de cuestiones que plantea una situación excepcional, desde los toques de queda a las restricciones de movimientos. Quién y cómo tiene derecho a imponerlos y bajo qué condiciones. A falta de esa norma, cada tribunal superior aplica las leyes vigentes como considera ajustado a derecho, y eso da lugar a una multiplicación de normas. 17 maneras de abordar la pandemias y 17 maneras de volvernos locos a los españoles, exhaustos ya por la duración de la crisis sanitaria, sin necesidad de que el batiburrillo de normas nos agote más.
La imposibilidad de obligar a vacunarse a los ciudadanos, dado que nuestra legislación no lo permite, va a plantear situaciones complicadas. Ya no son únicamente los trabajadores de residencias, son también los sanitarios. ¿Qué hará el SES ante un médico que sea el único de un pueblo y rechace vacunarse? ¿Le concede un traslado a un despacho donde no tenga que ver pacientes? ¿Se arriesga a que contagie mortalmente a uno? ¿No podría ser acusada la administración de homicidio imprudente?
Los empresarios de residencias ya han planteado que resulta imposible cumplir la propuesta del Ministerio de Sanidad de facilitar otro puesto de trabajo a una persona contratada para cuidar ancianos. Pero estos sí tienen derecho a ser atendidos por trabajadores vacunados. Igual que el paciente que acude a un hospital para ser operado tiene derecho a que a los riesgos lógicos que se asumen en una intervención no se le sume el hecho de ser contagiado de COVID porque un sanitario ha decidido no vacunarse.
No existe el riesgo cero. Con ello contamos. Pero los ciudadanos no tienen la obligación de asumir los riesgos que se pueden controlar.
Detrás del movimiento anti vacunas existe a veces la convicción, extendida a través de toneladas de información falsa, de que la inmunización es la causa de males sin cuento, como el autismo; otros militantes anti vacunas creen simple y llanamente en teorías conspiranoicas a cual más delirante, como que son un medio de control social; hay una tercera categoría que se asienta en el puro egoísmo. Confían en que, como la mayoría de la población se vacuna, ellos ya están de hecho inmunizados, puesto que el virus tiene más difícil circular. El hecho de que los movimientos antivacunas se hagan fuertes en las sociedades desarrolladas como las europeas debería hacer pensar a las autoridades en si se debe o no hacer obligatoria la vacunación. Antes o después habrá que decidir cómo conjugar el derecho a no vacunarse que invocan algunos y el derecho a no ser contagiado.
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