Dudas sobre el Buda de Cáceres

Sin acreditar previamente beneficios para los ciudadanos, lo sensato es no ceder ningún terreno y que sean los promotores quienes lo compren; y por supuesto, no ceder ni una sola hectárea sin una memoria o proyecto

Javier Casado

Abogado

Jueves, 7 de septiembre 2023, 07:54

El proyecto del Buda de Cáceres, promovido por la fundación Lumbini Garden, suscita interrogantes que deben ser despejadas, por su propio bien y por la tranquilidad de los extremeños, que llevan mucho tiempo oyendo hablar de algo que no acaban de entender. Si además tiene ... ofertas de muchos países y ciudades, sería conveniente que se nos dijeran los beneficios que el mismo puede aportar, no sea que, por desinformación, perdamos un tren tan codiciado en otras latitudes. Claridad y respuestas para que podamos saber y entender una iniciativa que, pese a cogernos tan cerca, la vemos muy lejos.

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La Fundación Lumbini Garden, pese a tener sus ojos puestos en Cáceres, se constituyó en Madrid, obtuvo allí su CIF, y se inscribió en el Registro de Fundaciones de Extremadura. Es legal, pero ¿para qué un desvío tan considerable si la ubicación, desde el principio, parecía fijada en Cáceres? Y, puestos a tributar ¿no sería mejor hacerlo aquí?

También llama la atención que, de la dotación inicial de la fundación, 30.000 euros, los partícipes solo han desembolsado el 25%, es decir, 7.500 euros, debiéndose hacer efectivo el resto antes de 5 años. Parece excesiva la precaución de reservar el 75% de la dotación, cuando media la cesión de un predio tan extenso y costoso. Sin explicaciones que resuelvan las dudas, desconfiar de quien llama a nuestra puerta desconfiando, parece justo y recíproco.

La fundación presentó a la Junta su Plan de Actuación para 2023, consistente únicamente en la colocación de la primera piedra en noviembre. Para ello, en principio dijeron que no iban a emplear a ningún asalariado, ni con contrato de servicios, ni personal voluntario, y que la previsión de ingresos a obtener iba a ser de cero euros; para después, afirmar que emplearán a dos asalariados, a cinco con contrato de servicios y a seis voluntarios, y que la previsión de ingresos sería ahora de 30.000 euros por patrocinios y 45.000 euros por venta de entradas (esta última previsión es más que dudosa, si la primera piedra se va a poner en noviembre de 2023).

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Así las cosas, la primera conclusión a la que podemos llegar, tras las sucesivas rectificaciones del Plan de Actuación para 2023, es que adolece de una alarmante falta de rigor. Transmite cualquier cosa menos credibilidad. Queremos creer, pero es la fundación quien debe facilitar la creencia, sin pedirnos actos de fe.

Pero lo más alarmante para la ciudadanía no es eso, sino que se pretenda una cesión gratuita de 100 hectáreas municipales, no solo sin que se haya registrado una memoria y un proyecto de realización de obras, sino obviando que el ayuntamiento está obligado a cumplir escrupulosamente el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, cuando impone que los bienes inmuebles patrimoniales no podrán cederse gratuitamente sino «para fines que redunden en beneficio de los habitantes del término municipal».

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¿Cómo es posible saber si va a redundar «en beneficio de los habitantes del término municipal», cuando ni siquiera existe un proyecto de obras registrado en el ayuntamiento?

¿Y si redundase en beneficio de los propios promotores? En principio no, ya que por ley una fundación no tiene ánimo de lucro.

Pero ¿y si casualmente existiera una sociedad mercantil (cuyo fin, por ley, es el ánimo de lucro) denominada «Buddha Lumbini Group S.L.», cuyo administrador fuera el presidente de la fundación Lumbini Garden y en la que también estuviera su socio y secretario de la fundación? ¿se podría utilizar la fundación para obtener gratuitamente 100 hectáreas, mientras que la explotación del proyecto (desde la construcción, hasta las entradas, viajes y merchandising) sería de la S.L.? Evidentemente, sí.

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Si, además, en Arropez existen derechos mineros de terceros, zona Zepa, si hay servidumbres por los terrenos militares, debemos convenir que el ayuntamiento y la autoridades regionales deben ser muy rigurosos en el cumplimiento de las exigencias legales, máxime cuando podemos estar enseñando el camino a cualquier otro promotor: ¿qué impide pedir gratis otras 100 hectáreas municipales para una gran estrella de David o una mega-mezquita musulmana, que luego podré explotar a través de una sociedad mercantil que yo mismo controlo? Sin acreditar previamente beneficios para los ciudadanos, lo sensato es no ceder ningún terreno y que sean los promotores quienes lo compren; y por supuesto, no ceder ni una sola hectárea sin una memoria o proyecto, en el que consten las obras a realizar y su periodificación, de tal manera que el incumplimiento de cualquier fase permita al Ayuntamiento cacereño revertir a su favor esos terrenos.

No es por tanto una cuestión de aceptar o no la exaltación de otras religiones, sino de respetar la ley y el patrimonio de los cacereños, algo por lo que deben velar tanto el alcalde de Cáceres, como la presidenta de la Junta. Que no exista una tradición budista en Cáceres no debe cerrar puertas a una globalización religiosa, pero eso no es óbice para saber cuándo, quiénes y por qué se eligió esta ubicación, ya que nada indica que el proyecto haya nacido de una demanda popular.

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