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Cartas a la director

Qué vergüenza...

Rafael Sánchez Mera

Badajoz

Martes, 1 de abril 2025, 22:40

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se ha despachado con ese desparpajo mitinero que le es consustancial poniendo en entredicho la resolución que sobre ... el caso Dani Alves ha dictaminado el TSJC, tribunal constituido por tres magistradas y un magistrado. Critica que «todavía se cuestione el testimonio de una víctima y se diga que la presunción de inocencia está por delante del testimonio de mujeres jovenes, valientes, que deciden denunciar a los poderosos y a los famosos». La ministra de Igualdad, Ana Redondo, tras la absolución de Alves afirma: «No se puede cuestionar permanentemente la voz de las mujeres. Tienen que poder denunciar y saber que su palabra es creíble y avalada por la ley». Irene Montero, exministra de Igualdad, tacha la absolución del futbolista de «ejemplo de violencia institucional y de justicia patriarcal» que desprotege a las mujeres. Esta sentencia sitúa de nuevo la responsabilidad en la víctima, al decir que no es creíble, y garantiza la «cultura de impunidad» para los agresores. «Es necesario, asegura la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que la justicia camine de la mano de las mujeres y se den certezas y seguridades». Poner en tela de juicio la rectitud de un Tribunal Superior de Justicia es desmedido. Se puede concordar o no con la resolución, pero las afirmaciones con que las autoridades se han pronunciado van mucho más allá de un juicio de valor. La justicia no puede estar infectada ideológicamente, ni admitir la prevalencia de la mujer sobre el hombre. El principio de igualdad es uno de los pilares primordiales en los que se sustenta la Justicia. El razonamiento expuesto en la sentencia evidencia comportamientos por parte de la denunciante contradictorios entre sus declaraciones y las imágenes grabadas en el local. En base a ello, el TSJC afirma que la denunciante no ha logrado demostrarlo y que sus declaraciones no se corresponden con lo que ocurrió, lo cual no es óbice para descartar que no haya habido agresión sexual, circunstancia de escasa certidumbre por las tomas realizadas en la boca de la denunciante, por lo que el tribunal fundamenta su resolución en que el testimonio de ella «no es fiable». Parece que las ministras olvidaron un principio elemental: 'In dubio pro reo'.

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