
Ángela Murillo
Martes, 12 de enero 2016, 14:43
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La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a 23 años de cárcel al exgerente de Caval, Manuel García González. Le considera máximo responsable de los hechos que llevaron a la ruina a la cooperativa frutícola de Valdelacalzada. El fiscal pedía para él 19 años de prisión. El tribunal también le impone el pago de cuantiosas indemnizaciones a Hacienda, la Junta de Extremadura y la propia cooperativa. Asimismo, le inhabilita para ejercer el sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.
La Audiencia considera que el condenado "abusó de sus omnímodas facultades, impulsadas por su ascendiente y autoridad en la localidad y en la entidad, frente a vecinos, socios cooperativistas, empleados y miembros del consejo rector", ayudado por su condición de alcalde de Valdelacalzada durante al menos dos legislaturas y las funciones de asesoría fiscal y administrativa que realizaba sobre vecinos y cooperativistas. De ahí que el tribunal tenga en cuenta para la imposición de las distintas penas de prisión por cinco tipos de delitos diferentes la "confianza depositada en él por los cooperativistas; el hermetismo, confusión, escasez e inaccesibilidad informativas respecto a la situación contable y financiera real de la cooperativa y al freno que ejercía a toda iniciativa de crítica u objeción a su gestión".
Además de condenar al principal acusado, la Audiencia ha impuesto penas de cárcel a los otros dos procesado por la quiebra de Caval, con cuatro años para Manuel Corrales Castellón, exdirector comercial de la cooperativa, y tres para su mujer, Carmen Teixeria Fernández. Se considera probado que ambos cometieron sendos delitos de apropiación indebida.
Penas para el principal acusado
En una sentencia de 72 folios, el principal acusado, Manuel García González, es condenado por varios delitos contra la hacienda pública, falsedad contable, administración desleal, apropiación indebida y fraude de subvenciones.
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La Audiencia considera probado que es autor de tres delitos contra la hacienda pública, en concurso con otro delito de falsedad en documento mercantil, por lo que se le condena a las penas de tres años de prisión, por cada uno de ellos. Además, le inhabilita para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; al pago de una multa de 500.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de cinco meses en caso de impago, y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante cuatro años.
El tribunal también le impone dos años de prisión por un delito de falsedad contable, y le inhabilita para ejercer el comercio, la industria y para la profesión de administrador o gerente, ya sea en nombre propio o en representación de otra persona física o jurídica.
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En cuanto al delito continuado de administración desleal, la sentencia le impone cuatro años de prisión. Se suman tres años de cárcel y multa de diez meses con cuota diaria de diez euros por el delito de apropiación indebida.
Por cometer fraude de subvenciones se le imponen las penas de dos años de prisión y la privación de la posibilidad de obtener subvenciones e incentivos durante seis años y multa de 500.000 euros. Por otro delito de apropiación indebida se suman otros tres años de prisión, y multa de diez meses con cuota diaria de diez euros, con responsabilidad personal subsidiaria de diez días para caso de impago.
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A Manuel Corrales el tribunal le considera autor de un delito de apropiación indebida, por lo que le condena a una pena de cuatro años de prisión, y multa de diez meses con cuota diaria de diez euros, con responsabilidad personal subsidiaria de diez días para caso de impago e inhabilitación para sufragio pasivo durante el tiempo de condena.
Asimismo, se considera probado que su mujer, Carmen Texeira, cometió el mismo delito. Por lo que tendrá que cumplir tres años de presión, y multa de diez meses con cuota diaria de diez euros y la inhabilita para sufragio pasivo durante el tiempo de condena.
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Pago de indemnizaciones
Por los perjuicios causados, García González tendrá que indemnizar a la Agencia Tributaria con 960.628,31 euros; a la Junta de Extremadura con 530.979,23 euros; y con 358.171,51 euros a la cooperativa Caval.
Por su parte, Corrales Castellón tendrá que indemnizar a Caval con 815.637,49 euros. Mientras que Carmen Texeira queda obligada a abonar 104.000 euros a la sociedad.
Los tres condenados tendrán que abonar las costas del proceso. Ante la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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