El Cerro del Cabezo de Capilla ya es BIC

El Diario Oficial de Extremadura recoge este martes la declaración del yacimiento como Bien de Interés Cultural en la categoría de Zona Arqueológica

M. Fernández

Cáceres

Martes, 5 de septiembre 2023, 10:04

El Cerro del Cabezo de Capilla ya es Bien de Interés Cultural. La consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes ha publicado este martes en el Diario Oficial de Extremadura el decreto que se aprobó en Consejo de Gobierno el 30 de agosto y por ... el que se declara BIC en la categoría de Zona Arqueológica.

Publicidad

Situado en La Serena, se trata de uno de los yacimientos arqueológicos de la época romana más importantes y conocidos de Extremadura, tanto por la entidad de las construcciones de época romana documentadas durante las campañas de excavaciones arqueológicas, como por su destacado interés histórico.

Se ha identificado como la ciudad de Mirobrida (fundada a mediados del siglo I a.C y abandonada hacia el siglo II d.C.) que aparece en textos de Plinio o Ptolomeo. También se han documentado restos de materiales de la época prerromana y sobre todo, del periodo calcolítico, según se recoge en el DOE.

Togado de Capilla atribuida al emperador Tiberio; a la derecha, lucerna de dos picos con rosetón decorativo y mano femenina (atribuida a la diosa Minerva) sosteniendo una pyxis. Museo Arqueológico Provincial de Badajoz

En el cerro se acometieron dos campañas arqueológicas en los años 1987 y 1988 donde se documentaron las primeras construcciones de mayor relevancia arquitectónica, un aljibe y espacios domésticos. Algunos de los bienes muebles documentados y que exhibe el Museo Arqueológico Provincial de Badajoz son el Togado de Capilla atribuida al emperador Tiberio, fragmentos de esculturas de mármol, entre ellos una cabeza masculina, y de cornisa, además de objetos de la vida cotidiana, como una lucerna de dos picos con rosetón decorativo.

Publicidad

El uso actual del suelo es compatible con la conservación de la Zona Arqueológica y su entorno de producción, por lo que se permite desarrollar tareas agroganaderas y forestales tradicionales, así como labores de conservación y mantenimiento de las casas y construccioness auxiliares agrícolas. Cualquier actividad que conlleve un cambio en el uso actual del suelo o suponga una transformación del terreno deberá contar con un informe y autorización expresa de la Consejería.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Escoge el plan de suscripción que mejor se adapte a tí.

Publicidad