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IRENE TORIBIO
Domingo, 26 de marzo 2023, 10:13
Banco Santander ha recuperado la exención de comisiones ligada a la tenencia de depósitos, algo que suprimió hace cuatro años cuando los tipos de interés estaban en negativo. Si eres cliente de la entidad desde entonces, sabrás que impone comisiones por mantenimiento de sus cuentas, desde los 120 euros al año hasta los 240 en algunos casos, lo que suponía un notable gasto. Sin embargo, ahora han anunciado, a través de una carta dirigida a sus clientes, un cambio en el cobro de comisiones.
Ahora, los clientes que tengan saldos con una cantidad superior a 25.000 euros ya no tendrán que pagar una comisión por mantener este dinero en su cuenta corriente o de ahorros. La entidad bancaria ha decidido dejar de penalizar a las personas que superan esta cifra.
En la propia página web de Santander explican detalladamente las comisiones que aplican a cada tipo de cuenta, es más, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que las entidades bancarias tienen la obligación de disponer de un «documento informativo de comisiones». Señalan que sea cual sea tu entidad, debes recibir un informe anual que te permitirá saber:
- Las comisiones de mantenimiento de tus cuentas.
- Las comisiones de renovación anual que has pagado por tus tarjetas.
- Los intereses recibidos y los hayas tenido que pagar si tienes algún préstamo con la entidad.
- El total de comisiones que has pagado por operaciones como transferencias o ingreso de cheques.
El documento informativo del que deben disponer ha de cumplir ciertos requisitos:
Tiene que ser un documento normalizado, de manera que su estructura y terminología debe ser igual en todas las entidades.
Debe estar actualizado, de manera que refleje las comisiones que se aplican en el momento de la consulta.
En el documento aparece la información sobre las principales comisiones que las entidades aplican cada una de sus cuentas y que son:
La comisión de mantenimiento de la cuenta, indicando la comisión por cada periodo de liquidación y el importe total anual. Además, si el importe está vinculado al cumplimiento de requisitos, deberán indicar la comisión que se aplica cumpliendo y sin cumplirlos
La comisión de administración de la cuenta, si existe. En la mayoría de los casos esta comisión se incluye dentro de la de mantenimiento.
La comisión por transferencia. Deben indicar de manera separada, siempre que sean diferentes, las comisiones que se aplican según el tipo de trasferencia (ordinaria, inmediata) y según los distintos canales (online, teléfono, oficina). También deben indicar la comisión en función de si es una transferencia puntual o una orden permanente.
Las comisiones de emisión y de mantenimiento anual de la tarjeta de débito asociada a la cuenta
Las comisiones de emisión y mantenimiento de las tarjetas de crédito que pueda contratar el cliente
Las comisiones de retirada de efectivo en cajeros automáticos tanto con tarjeta de crédito como de débito, diferenciando las que se cobran en los cajeros propios, en los que tenga acuerdos y el resto.
Las comisiones por descubierto, incluyendo la comisión por reclamación de posiciones deudoras
La comisión por negociación y compensación de cheques, es decir lo que cobran por ingresar un cheque en la cuenta, así como la comisión por devolución de cheques.
Las comisiones por los servicios de alertas (SMS, email o similar), si es que tuviera coste
La lista no es exhaustiva, pues no se reflejan la totalidad de comisiones que la entidad puede aplicar al cliente. En caso de que vayas a usar algún servicio no indicado en ella, el banco deberá informarte personalmente y por anticipado del coste de ese servicio.
El documento informativo debe estar a disposición de los clientes en las sucursales del banco.
También está en las páginas web de las entidades, con enlaces destacados y legibles, al menos, en las pantallas en las que ofrecen cuentas de pago.
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