El Congreso de los Diputados ha dado hoy el primer paso para aprobar la reforma de la ley de Tráfico que pretende, como cambio principal, ... rebajar a menos de la mitad la tasa legal máxima de alcohol con la que un conductor podrá ponerse al volante de su coche en España.
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El pleno, por amplia mayoría, pero con el voto en contra de Vox y la abstención del PP, ha aceptado tomar en consideración la proposición de ley presentada por el PSOE y bendecida por el Gobierno, con lo que ha superado el primer filtro parlamentario. Ahora empezará su tramitación con la presentación y debate de enmiendas por parte de los grupos y, en su caso, con la aprobación por Congreso y Senado, momento para lo que nadie se arriesga a dar una fecha probable y menos en una legislatura tan imprevisible como la actual. Lo que sí se sabe es cuando entrará en vigor si se aprueba, a los dos meses de su publicación en el BOE.
La reforma que hoy comienzan a debatir los diputados, de ser aprobada, supondrá la primera reducción del tope máximo de alcohol al volante en España en casi 25 años y prácticamente equivale a imponer la tolerancia cero a todos los conductores, según los propios responsables de Tráfico.
La principal novedad es que el máximo legal de alcohol en el organismo con el que se podrá conducir bajará de los 0,5 gramos por litro en sangre actuales (0,25 miligramos en aire espirado) a 0,2 (0,1 en aire), con una reducción del 60%. La reforma añade que quien dé entre 0,2 y 0,5 gramos en sangre habrá cometido una infracción grave y será multado con 200 euros y la retirada de dos puntos del carné. La nueva tasa máxima es idéntica para todos los conductores. Termina con los distingos actuales, que rebajaban el tope a 0,3 para chóferes profesionales y conductores noveles.
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La introducción del nuevo tope convierte el actual en una agravante. Los conductores que den un positivo de 0,5 o superior habrán cometido una falta muy grave y serán multados con 1.000 euros, el doble que ahora, una sanción que hoy estaba reservada solo a los infractores reincidentes. A quienes superen el 0,5 en el test de alcohol, pero no pasen de un gramo por litro, se le quitarán cuatro puntos, que serán seis para quienes tengan una alcoholemia de más de un gramo.
Tanto el grupo socialista como el Gobierno justifican el cambio por la necesidad de seguir reduciendo en España las muertes en carretera, que desde hace varios años están estabilizadas en unas 1.800 personas. La propia exposición de motivos recuerda que un tercio de todos los fallecidos en España (viajeros o peatones) se deben a siniestros vinculados al alcohol y que el año pasado los tribunales condenaron a más de 50.000 españoles por conducir o provocar accidentes bajo el efecto de esta droga legal.
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La elección de la nueva tasa máxima se justifica con dos argumentos. El primero, que el tope de 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre es la misma tasa que tienen los dos países más avanzados en seguridad vial, Suecia y Noruega, y el que aconsejan la Comisión Europea y los principales especialistas. Y el segundo, que los estudios más recientes demuestran que hasta las dosis moderadas de alcohol al volante son fuente de numerosos accidentes. Los conductores con tasas de entre 0,1 y 0,5 gramos de alcohol en sangre tienen el triple de posibilidades de sufrir un siniestro mortal que sus homólogos sobrios.
La reforma incluye otra novedad muy significativa, la que busca terminar con la existencia cada vez más frecuente de grupos organizados que utilizan las redes sociales o los chat de mensajería instantánea para alertar sobre punto en el que se ubican los controles de trafico, por considerarles «una seria amenaza para la seguridad vial y para la vida e integridad» de los viajeros.
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Un nuevo apartado del artículo 13 de la ley de Tráfico dirá que «se prohíbe la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial». Quienes así actúen cometerán una infracción muy grave multada con 500 euros y serán responsables de la infracción, y por lo tanto sancionados, todos quienes participen en la difusión de la ubicación del control, incluidos quienes solo redifundan datos que han recibido de terceros.
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