J. A. Guerrero
Lunes, 24 de febrero 2025, 11:35
Los abogados de familia advierten del retraso «aún mayor» que se va a producir en los procesos judiciales de divorcio o en el régimen de visitas de los hijos con la próxima entrada en vigor de los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC), un mecanismo contemplado en la ley de Eficiencia de la Justicia. La implantación de esta negociación previa obligatoria y los plazos que conlleva provocará procesos judiciales todavía más largos, «de uno a dos meses más como mínimo», avanza la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), en una nota publicada este lunes.
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Si no se demuestra este intento previo de negociación en casos de divorcios o de régimen de visitas de los hijos no podrán interponerse demandas judiciales «y, de hacerse, serán inadmitidas», indica este cuerpo de letrados, el mayoritario entre los abogados españoles.
La nueva ley, que entró en vigor en enero, implantará a partir del próximo 3 de abril los MASC con el objetivo de reducir el número de asuntos que llegan a los tribunales mediante una negociación previa entre las partes que permita encontrar una solución extrajudicial al conflicto. Los tipos de MASC más comunes son la negociación entre abogados, la mediación de un tercero, la conciliación y la abogacía colaborativa, pero están poco implantados en nuestro país.
En España, además, no todas las localidades cuentan con juzgados especializados en materia de Familia, Infancia y Capacidad. «La Aeafa reivindica históricamente esta especialización para que todos los ciudadanos, vivan donde vivan, puedan acceder a una justicia de calidad», afirma el secretario de la Asociación, Álvaro Iraizoz, que reclama «una inversión en medios materiales y humanos, con la creación de más plazas judiciales y más equipos psicosociales para atender las crisis de las familias, ya que nada de esto se ha atendido con la nueva ley».
Los letrados alertan de que esta ley no mejora sino que agrava la situación: «En no pocos procesos, imponer los MASC supondrá una traba para acceder a los tribunales. Esto es preocupante en asuntos de Familia con menores involucrados, que siempre son temas delicados».
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Iraizoz avisa de que la singularidad de los procesos de Familia y el hecho de que niños, niñas y adolescentes estén involucrados hace que los obstáculos al acceso a la Justicia conlleven riesgos. «Existen numerosos conflictos en este ámbito en torno a sistemas de custodia y visitas, alimentos debidos o el uso de la vivienda familiar, en los cuales las dilaciones en la tramitación traen siempre consecuencias muy perniciosas. ¿Se imaginan que el régimen de visitas con los hijos o el pago de los alimentos se retrase todavía más? Estamos hablando de cuestiones que trastocan la vida de las familias y, sobre todo, de los niños, que son las principales víctimas en los conflictos familiares», apunta Iraizoz.
Según la Aeafa, los jueces consultados interpretan que algunas cuestiones como la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y asuntos matrimoniales como la separación y divorcio de mutuo acuerdo, la liquidación de la sociedad de gananciales o la compensación por el trabajo doméstico deberán someterse a esta negociación previa obligatoria, al igual que la división de la herencia o la impugnación de testamentos.
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Dado «el desconcierto» que genera la implementación de la Ley de Eficiencia y sus posibles efectos, los juzgados están recibiendo una «avalancha» de demandas para sortear sus efectos, tal como han reconocido a la Aeafa jueces y abogados de toda España. Los letrados de familia señalan que la avalancha está provocada por la ambigüedad en la delimitación de materias ya que, a su juicio, la ley no especifica «de manera clara qué materias de Derecho de Familia deben someterse obligatoriamente a un MASC, lo que deja un margen de interpretación amplio y puede generar incertidumbre tanto para los profesionales del Derecho como para los ciudadanos».
Además critican que la falta de una regulación clara puede dar lugar a interpretaciones diversas por parte de los distintos órganos judiciales, «lo que genera inseguridad jurídica y dificulta la aplicación uniforme de la ley». Y añaden que la aplicación de los MASC en el ámbito del Derecho de Familia no desarrolla «adecuadamente» los aspectos prácticos de su implementación. En este sentido, hacen referencia a las dificultades que puede suponer la debida acreditación del intento de actividad negociadora previa antes de acudir a la vía judicial, el cómputo de los nuevos y numerosos plazos previstos en la Ley, y el deber de confidencialidad respecto a la información y documentación utilizada en el proceso de negociación.
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