Redacción Hoy
Martes, 9 de abril 2024, 20:34
Una decisión del Tribunal Supremo ha abierto una puerta sin precedentes. Se trata de una oportunidad para que algunos pensionistas puedan reclamar la devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por pagos indebidos realizados durante un período específico anterior. Esta noticia, que afecta a un grupo reducido de jubilados, ha generado un considerable interés por saber quiénes podrán beneficiarse de este fallo judicial.
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Según lo establecido por la sentencia, la Agencia Tributaria está obligada a reembolsar hasta 4.000 euros a ciertos jubilados por pagos incorrectos realizados en el IRPF. Esta medida afecta principalmente a trabajadores de sectores como el comercio, la construcción o la metalurgia, que podrían haber tributado en exceso entre los años 1967 y 1978. La sentencia también menciona específicamente a los cotizantes de la Mutualidad Laboral de Banca, quienes no pudieron deducir ciertas contribuciones en sus declaraciones de impuestos.
Para reclamar esta devolución, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de solicitarlo a través de un formulario disponible en su página web. Este formulario permitirá a los potenciales beneficiarios solicitar el reembolso de los pagos indebidos realizados en los últimos cuatro años, ya que los períodos anteriores ya han prescrito.
Tal y como señalan desde Efe, se estima que la cantidad a devolver podría oscilar entre los 3.000 y los 4.000 euros. Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que no se aplica a todas las pensiones. Aquellas generadas por aportaciones a mutualidades de autónomos, las pensiones de viudedad, y las no contributivas no forman parte de este reembolso.
Cómo solicitar la devolución
A través del formulario disponible en la web de la Agencia Tributaria, los jubilados afectados por este fallo pueden solicitar el reembolso de los últimos cuatro ejercicios fiscales no prescritos. Para aquellos cuyos datos fiscales no reflejen automáticamente esta rebaja en la declaración de la Renta 2023, tendrán la opción de incluirlo manualmente en el mismo formulario utilizado en años anteriores.
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Eso sí, aquellos que ya hayan presentado una reclamación y hayan obtenido una respuesta positiva no necesitarán presentar nuevamente el formulario.
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