A. R. R.
Sábado, 2 de julio 2011, 03:44
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La noticia es doblemente positiva para el sector. Primero por que se trata de una sentencia pionera en Extremadura y también porque según los abogados del sindicato PIDE todos aquellos interinos que estén trabajando en el término judicial de Mérida ya podrían solicitar que se les haga extensiva.
El fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Mérida, con fecha de 16 de junio y notificada el 30 de junio, obliga a la Consejería de Educación de la Junta a pagar los sexenios a dos demandantes del Sindicato PIDE, con una retroactividad de 5 años (desde el 1 de enero de 2006) más los intereses legales que devengue la cantidad resultante. Contra dicha sentencia no cabe recurso.
Esta sentencia estimatoria invoca otra de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia Europeo que determina que no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables.
Partiendo de esa base, la sentencia del juzgado emeritense entiende como discriminatorio que los interinos denunciantes ( José Manuel Iglesias Miranda y Lourdes Fernández López), por el hecho de serlo, no cobren sexenios pese a que acrediten, de la misma forma que los funcionarios de carrera, el tiempo mínimo de horas de actividades de formación. El sindicato PIDE celebra la sentencia y anima a los docentes a luchar por sus derechos.
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