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¿Qué ha pasado hoy, 22 de febrero, en Extremadura?
La exconsejera de Sanidad entre 2007 y 2011, María Jesús Mejuto, en una comparecencia en la Asamblea.
El juzgado rechaza que Mejuto pueda reclamar por vulneración de derechos

El juzgado rechaza que Mejuto pueda reclamar por vulneración de derechos

Afirma que el SES no incumple la Constitución y que el recurso de la exconsejera debe resolverse por la vía ordinaria

Juan Soriano

Viernes, 25 de julio 2014, 12:59

Nuevo capítulo de una historia que empieza a enredarse en litigios judiciales. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Mérida ha rechazado el recurso por vulneración de derechos fundamentales planteado por la exconsejera socialista de Sanidad, María Jesús Mejuto, contra la resolución del Servicio Extremeño de Salud (SES) que anulaba su examen de la oposición de médico de Cirugía General y Aparato Digestivo y le conminaba a repetir la prueba.

El SES acordó el pasado mes de abril admitir los recursos de varios aspirantes a estas plazas al entender que Mejuto se había visto favorecida, ya que el presidente del tribunal de selección era un cargo que había sido nombrado por la propia consejera, quien además aún estaba al frente de Sanidad cuando se publicó la convocatoria. Once aspirantes pidieron que se repitieran las pruebas, pero la Administración regional se limitó a anular la calificación de la exconsejera (9,33 sobre 10), ordenar la repetición de su examen ante un nuevo tribunal y dictar que continuara el proceso selectivo con la asignación de puestos.

Mejuto recurrió contra la resolución de abril alegando que se habían vulnerado derechos fundamentales recogidos en la Constitución, lo que daba pie a un proceso especial más rápido que el ordinario. Ante esto, el juzgado acordó a finales de junio suspender de forma cautelar la decisión del SES y por tanto parar de nuevo la oposición.

El pasado 22 de julio resolvió el litigio con un auto en el que rechaza todas las alegaciones de Mejuto. Señala que el procedimiento no tiene la entidad suficiente para ser tramitado por la vía de vulneración de derechos fundamentales y que por tanto debe seguir la línea ordinaria. Contra esta decisión cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

La exconsejera apuntó en su demanda que el SES vulneró el derecho a la igualdad en el acceso a la función pública al nombrar una prueba específica con un tribunal exclusivo para ella. El juzgado descarta esta tesis y subraya que «se dan una serie de condiciones que no se dan en ninguno del resto de los aspirantes», ya que ninguno de ellos era consejero de Sanidad de la Junta de Extremadura en el momento en que se hizo la convocatoria ni tampoco fueron los que nombraron al gerente del SES, el organismo que puso en marcha la selección de personal en junio de 2011.

Tampoco aprecia vulneración del derecho de defensa y presunción de inocencia. En este caso, la juez estima que Mejuto parte de un error de base al considerar que la resolución del SES que anulaba su nota tiene carácter sancionador. «Simplemente se está dando una respuesta a varios recursos presentados por distintos participantes en esa prueba selectiva», añade el auto.

También descarta que se vulnere el artículo de la Constitución que prohíbe los tribunales de honor, una institución de origen militar que estudiaba la dignidad de una persona en el ejercicio de su cargo. Para la jueza, «simplemente se está modificando la composición de un tribunal en uno de sus miembros al entender la Administración que en el mismo concurren causas que le deberían haber llevado a abstenerse de formar parte del mismo».

Por último, la jueza no aprecia incumplimiento del derecho al honor y a la intimidad personal, ya que en tal caso cualquier resolución administrativa que sea contraria a lo pretendido por una persona supondría una vulneración de este precepto. Además, no entra a valorar las declaraciones vertidas en medios de comunicación porque considera que no forman parte del proceso.

El consejero de Salud, Luis Alfonso Hernández Carrón, señaló ayer que este auto «desmonta la defensa de la señora Mejuto y respalda las acciones legales» de la Junta.

Hernández Carrón destaca que la decisión del juzgado emeritense levanta la suspensión cautelar de la resolución del SES que dictaba la continuación del proceso selectivo, con lo que se procederá a nombrar un nuevo tribunal y a citar a Mejuto para el nuevo examen. El objetivo es que estos pasos se den «en el menor tiempo posible», en cuanto el auto sea firme, bien porque no sea recurrido o bien porque el TSJEx así lo considere.

Mejuto recurrirá

Pedro del Pino, abogado de María Jesús Mejuto, señala que el auto del juzgado emeritense será recurrido porque considera que ha habido vulneración de derechos. De esa forma, la última decisión judicial aún no es firme, con lo que se mantiene la suspensión cautelar de la resolución del SES y por tanto la asignación de plazas sigue en el aire.

El proceso pasará ahora al Tribunal Superior de_Justicia de Extremadura, lo que previsiblemente retrasa una resolución definitiva hasta finales de año.

En cualquier caso, Pedro del Pino señala que también se ha presentado un recurso por la vía ordinaria, que corresponderá al juzgado de lo contencioso de Mérida. Según indica, aunque el litigio por vulneración de derechos fundamentales se resuelva en contra de María Jesús Mejuto, aún habrá que entrar al fondo del asunto en la tramitación más habitual. En tal caso, adelanta que también se pediría la suspensión cautelar de la decisión que tomó el SES_en abril, lo que complica aún más el litigio judicial.

El SES acordó el pasado mes de abril admitir los recursos de varios aspirantes al entender que Mejuto se había visto favorecida, ya que el presidente del tribunal de selección era un cargo que había sido nombrado por la propia consejera, quien además aún estaba al frente de Sanidad cuando se publicó la convocatoria de las oposiciones. La Administración regional declaró nula la resolución del 20 de diciembre por la que se publicaron las notas, concretamente anuló su calificación (9,33 sobre 10), ordenó la repetición del examen ante un nuevo tribunal y dictó que continuara el proceso selectivo.

Mejuto recurrió contra la resolución de abril alegando que se habían vulnerado derechos fundamentales recogidos en la Constitución, lo que daba pie a un proceso especial más rápido que el ordinario. Ante esto, el juzgado acordó a finales de junio suspender de forma cautelar la decisión del SES y por tanto parar de nuevo la oposición.

Ahora resuelve el litigio con un auto de fecha 22 de julio en el que rechaza las alegaciones de Mejuto. Señala que el procedimiento no tiene la entidad suficiente para ser tramitado por la vía de vulneración de derechos fundamentales y que por tanto debe seguir la línea ordinaria. Contra esta decisión cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

La exconsejera apuntó en su recurso que el SES vulnera el derecho a la igualdad en el acceso a la función pública al nombrar una prueba específica con un tribunal exclusivo para ella. El juzgado descarta esta tesis y subraya que se dan una serie de condiciones que no se dan en ninguno del resto de los aspirantes, ya que ninguno de ellos era consejero de Sanidad de la Junta de Extremadura en el momento en que se hizo la convocatoria ni tampoco fueron los que nombraron al gerente del SES, el organismo que puso en marcha la selección de personal.

Tampoco aprecia vulneración del derecho de defensa y presunción de inocencia. En este caso, la juez estima que Mejuto parte de un error de base al considerar que la resolución del SES que anulaba su nota tiene carácter sancionador. Simplemente se está dando una respuesta a varios recursos presentados por distintos participantes en esa prueba selectiva, añade el auto.

También descarta que se vulnere el artículo de la Constitución que prohíbe los tribunales de honor, una institución de origen militar que estudiaba la dignidad de una persona en el ejercicio de su cargo. Para la jueza, simplemente se está modificando la composición de un tribunal en uno de sus miembros al entender a Administración que en el mismo concurren causas que le deberían haber llevado a abstenerse de formar parte del mismo.

Por último, la jueza no aprecia incumplimiento del derecho al honor y a la intimidad personal, ya que en tal caso cualquier resolución administrativa que sea contraria a lo pretendido por una persona supondría una vulneración de este precepto constitucional. Además, no entra a valorar las declaraciones vertidas en medios de comunicación porque considera que no forman parte del proceso.

El consejero de Salud, Luis Alfonso Hernández Carrón, señala que este auto desmonta la defensa de la señora Mejuto y respalda las acciones legales de la Administración regional.

Aunque la exconsejera también ha acudido a la vía ordinaria, Hernández Carrón destaca que la decisión del juzgado emeritense levanta la suspensión cautelar de la resolución del SES que dictaba la continuación del proceso selectivo, con lo que se procederá a nombrar un nuevo tribunal y a citar a Mejuto para el nuevo examen. El objetivo es que estos pasos se den en el menor tiempo posible, en cuanto el auto sea firme, bien porque no sea recurrido o bien porque el TSJEx así lo considere.

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