![Más extremeños pagarán el impuesto de sucesiones con la reforma de la Junta](https://s2.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/201711/27/media/cortadas/119017472-kLzD-U50226538768hdG-624x385@Hoy.jpg)
![Más extremeños pagarán el impuesto de sucesiones con la reforma de la Junta](https://s2.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/201711/27/media/cortadas/119017472-kLzD-U50226538768hdG-624x385@Hoy.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
La reforma del impuesto de sucesiones que plantea la Junta de Extremadura implicará que muchos contribuyentes de la región que ahora están exentos tendrán que pagar por este tributo, aunque sea una cantidad mínima. Así se compensará la extensión de la bonificación del 99% que se propone para las herencias más habituales.
El proyecto de Presupuestos autonómicos para 2018 plantea una sustancial modificación del impuesto de sucesiones, aunque hay que entender que se trata de un tributo estatal cuyas líneas generales están fijadas por la normativa nacional. Las comunidades tienen margen de actuación y todas tienden a reducir su impacto, pero no pueden aprobar su supresión ni tampoco evitar ciertos condicionantes recogidos en la ley. Por ejemplo, el gravamen es superior cuanto mayor es el patrimonio del beneficiario, o bien si quien hereda es sobrino o primo del fallecido en lugar de que se trate de un hijo o un cónyuge.
La propuesta de la Junta consiste en una bonificación del 99% a todas las herencias de los grupos I (de padres a hijos y adoptados menores de 21 años) y II (de padres a hijos mayores de 21 años, entre cónyuges y de hijos a padres). De esa forma, para pagar el impuesto se calculará la base imponible, que se corresponde con el valor de los bienes que recibe cada heredero, y después se aplicará el tipo recogido en la norma estatal, que se fija por tramos y crece cuanto más se reciba.
Se da así un paso más a la reforma que hizo el PP en 2015, que aprobó una bonificación del 99% para el grupo I, mientras que para el grupo II es del 90, 95 o 99% si la base no pasa de 600.000, 325.000 y 175.000 euros, respectivamente.
Pero además de bonificaciones en la cuota final existen reducciones, que en este caso se aplican sobre la base imponible y por tanto rebajan la cifra sobre la que se aplica el tipo impositivo.
La reducción más extendida en Extremadura permite llegar a una reducción máxima de 175.000 euros para los grupos I y II, siempre que el caudal hereditario del fallecido no pase de 600.000 euros y que el patrimonio del heredero no supere los 300.000 euros.
Con estas condiciones, las herencias con una base imponible que no pase de 175.000 euros no pagan nada por el impuesto de sucesiones. Si superan esa cifra, se puede optar entre acogerse a esta reducción o bien aplicar la bonificación de la cuota con los límites citados.
La propuesta de la Junta de Extremadura no solo consiste en extender la bonificación del 99% a todas las herencias de los grupos I y II, sino que el proyecto de ley de Presupuestos para 2018 también plantea la supresión de esta y de otras cuatro reducciones autonómicas.
Tal como recoge la memoria económica del proyecto, «el establecimiento de esta bonificación hace aconsejable, por el esquema del impuesto, la supresión de ciertas reducciones en la base imponible». En concreto, indica que no tiene sentido minorar la base sobre la que se calcula el impuesto si al final se aplica una rebaja del 99% de la cuota. Además, así se simplifica la gestión.
Pero en la práctica todos aquellos que reciban una herencia de menos de 175.000 euros, y que en la actualidad no pagan, con la reforma deberán abonar algo, aunque sea simbólico (excepto si quedan por debajo del mínimo exento que permite la ley nacional). Aunque la Consejería de Hacienda señala que con las reducciones estatales el total a pagar seguirá siendo mínimo.
Eso explica por qué el impacto de la medida apenas se estima en 5 millones de euros de los más de 30 que recauda la Junta por sucesiones. También es cierto que hay otros impuestos, como el de plusvalías que cobran los ayuntamientos, que pueden tener mucho más peso al recibir una herencia.
Eso sí, la reforma que plantea la Junta elimina la necesidad de formalizar la adquisición en escritura pública, lo que supondrá un ahorro en gastos notariales.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Las zarceras tras las que se esconde un polígono industrial del vino en Valladolid
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones de HOY
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.