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Se llama programa de mejora de eficiencia energética en viviendas y gracias a esta línea cambiar unas ventanas, una solera o una cubierta o ampliar ... huecos de puertas y ventanas para que en tu vivienda se consuma menos energía tiene ayuda pública. Hasta 3.000 euros.
La convocatoria está abierta por parte de la Consejería de Movilidad y Vivienda. Tiene un presupuesto inicial de 4,1 millones de euros, ampliable si hay solicitudes que demanden ayudas por encima de esa cifra.
Las ayudas se pueden solicitar hasta el 10 de enero del próximo año aunque igualmente es ampliable ese plazo en función de la demanda ciudadana. Se pueden beneficiar los propietarios o los arrendatarios de viviendas unifamiliares y pisos en edificios plurifamiliares que constituyan domicilio habitual y permanente.
La idea de poner en marcha estas ayudas es fomentar el ahorro energético, el aprovechamiento de las energías renovables y reducir el consumo de energía no renovable con, por ejemplo, instalación de aerotermia, calderas de biomasa, paneles fotovoltaicos, sistemas de aislamiento, cambio de ventanas, aislamiento de cubiertas o soleras, así como sistemas eficientes de climatización.
La convocatoria de ayudas de la Junta puede financiar actuaciones que supongan una reducción de demanda energética anual global de al menos un 7%. También las que conlleven una reducción del consumo de energía no renovable de al menos un 30% (cubierta, fachada, ventanas, soleras). Y las que propicien la modificación o sustitución de elementos de la fachada, la cubiertas y las ventanas que cumplan con los valores límites de las normas del Código Técnico de la Edificación.
La cuantía de las ayudas que podemos recibir es de un 40% del coste de la obra, con un límite de 3.000 euros. Eso sí, el coste mínimo de la actuación deber ser de 1.000 euros. La convocatoria aprobada, recalca el departamento que dirige Leire Iglesias, incorpora la posibilidad de solicitar anticipos del 50% del importe finalmente concedido.
Pueden recibir subvención las actuaciones cuyo inicio haya sido después del 1 de febrero de 2020. Es decir, no solo pueden recibir ayudas las que estén realizando o se vayan a realizar antes del próximo enero sino las que se hayan ejecutado en los dos últimos años.
Hay que saber que es necesario estar empadronado en la vivienda para la que se solicita la ayuda. «Ha de constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda. Dicha circunstancia se acreditará mediante certificación o volante de empadronamiento», se especifica.
Un aspecto relevante también es que también puede recibir ayuda la retirada de elementos que contengan amianto. Podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda en la cantidad correspondiente a los costes debidos a la retirada, el transporte y la gestión de los residuos de amianto mediante empresas autorizadas, hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación.
En el aspecto económico que hay resaltar que no hay que tributar a Hacienda por las ayudas públicas recibidas con cargo a este programa.
Normalmente sí hay que hacerlo pero en este caso no porque así lo permite el real decreto-ley 19/2021 de 5 de octubre de medidas urgentes para impulsar la actividad de la rehabilitación edificatoria dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Desde Movilidad y Vivienda se concluye que este programa de ayudas beneficiará tanto a particulares como a dos sectores económicos concretos, el de la construcción y el energético, además de avanzar en el objetivo genérico de «descarbonizar el parque edificado» antes del año 2050.
Se puede hacer de forma presencial en cualquiera de los registros únicos habilitados por la Administración. No obstante, para una tramitación más rápida se recomienda tramitar la solicitud a través de Sede (Sede Electrónica de las Administraciones Públicas) en el enlace https //sede.gobex.es/SEDE/tramites/MisTramites.jsf.
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