Los abogados de los propietarios de viviendas en Marina Isla Valdecañas están valorando la posibilidad de pedir que se anule la sentencia en la que el Tribunal Supremo ordena la demolición total del complejo en vez de la parcial que decretó el Tribunal Superior de ... Justicia de Extremadura (TSJEx) hace dos años. Lo harán basándose en tres argumentos.
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El primero es la presencia de Wenceslao Francisco Olea Godoy entre los magistrados que han visto el recurso de casación. «Creemos que debería haberse abstenido, porque él presidía la Sala de lo contencioso-administración del TSJEx que declaró ilegal el PIR (proyecto de interés regional) que permitió construir el complejo, y de hecho fue el ponente de esa sentencia del año 2011», recuerda Luis Díaz-Ambrona, letrado de dos de las tres asociaciones de dueños de viviendas en el resort ubicado a noventa minutos en coche de Madrid.
«Cuando se presenta un recurso ante una instancia judicial es para que analicen la causa unos ojos distintos a los que ya lo han visto antes, y este principio se puede haber vulnerado en este caso», añade el abogado extremeño. Fuentes judiciales apuntan que un posible motivo para rebatir esta tesis es que en el año 2011, el TSJEx debatió si procedía o no anular el PIR, y ahora se ha pronunciado sobre una cuestión distinta, que es la de si había que demoler el resort entero o solo una parte.
El segundo argumento para solicitar la nulidad es similar al primero. Afecta a Inés Huerta Garicano, otra de las integrantes de la Sala de lo contencioso-administrativo del Supremo que acaba de ordenar la demolición del resort entero. Díaz-Ambrona explica que esta magistrada formó parte de la sala de admisión del Supremo, que es la que analiza los recursos de casación que le llegan y decide si procede admitirlos o no. Después son otros magistrados, explica, los que deben fallar si ese recurso admitido debe ser estimado o no. «Ella estuvo en la sala que admitió el recurso presentado por Ecologistas en Acción, por lo que no debía estar en la sala que ahora ha estimado ese recurso», expone el abogado, a quien «en una primera lectura rápida, la sentencia del Supremo le parece »bastante pobre en su argumentación«.
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Antonio J. Armero
De hecho, esto último está en la base del tercer motivo que están estudiando como posible argumento para solicitar que la sentencia se anule. Se trata de «la falta de interés casacional en la sentencia del Supremo». «El auto de admisión -explica Díaz-Ambrona- exponía que se iba a unificar doctrina sobre la posibilidad o no de emprender actuaciones urbanísticas en suelo protegido, pero la sentencia se refiere repetidamente al caso concreto de Marina Isla Valdecañas y en ningún momento establece doctrina».
«Más parece un recurso de apelación que uno de casación», aprecia el abogado de los propietarios, que entiende que «el fallo del Supremo ni siquiera menciona la cuestión del nulo valor medioambiental de la isla antes del complejo, que fue el argumento principal que llevó al TSJEx a determinar que la mejor opción era la demolición parcial». «El resto de argumentos que mencionó el TSJEx al ordenar el derribo parcial hace dos años, que fueron los costes sociales y económicos de esa hipotético demolición total, se citaban como apoyos del principal, que era el nulo valor ambiental del espacio, una cuestión que el Supremo ni menciona pese a ser un recurso de casación».
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