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¿Qué ha pasado hoy, 22 de febrero, en Extremadura?

¿Puedo ir a mi finca a echar de comer a los perros?

Ricardo, de Cáceres, comenta que tiene una parcela a 13 kilómetros de su casa y hace ya cuatro días que no atiende a los perros que permanecen allí.

redacción

Jueves, 26 de marzo 2020, 18:28

El Real Decreto contempla como excepción el moverse del domicilio para atender el cuidado de animales y si eso supone desplazarse porque no existe otra alternativa, puede hacerlo. Es recomendable que lleve las cartillas de dichos animales para justificar ante las autoridades competentes su tenencia.

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