«No éramos conscientes de que no se podía derribar aunque la ermita estuviese en ruinas, cada vez peor. Desconocíamos que era un inmueble protegido. Ayudaremos a recuperarla». Ignacio Bernaldo de Quirós Loring, propietario de la finca en la que se encontraba la ermita de Santa María de Brovales ... , en Jerez de los Caballeros, se pronuncia en HOY. Destruida casi en su totalidad por una retroexcavadora, está incluida en el catálogo municipal de inmuebles de valor artístico y arquitectónico situados fuera del casco histórico, como un edificio singular de interés prioritario», protegido por la Ley de Patrimonio de Extremadura. De origen visigodo, su esplendor vino con los templarios y la Edad Media. El Seprona ha abierto una investigación tras varias denuncias.
El dueño de la finca Santa María de Brovales es una sociedad limitada, Las Veranas SL, con sede en Madrid. Ocupa una parcela de 68,6 hectáreas y sus propietarios están vinculados con la aristocracia más conocida de España.
El administrador único de la empresa era hasta noviembre Francisco Bernaldo de Quirós y Fernández de Córdova, vigésimo marqués de Bacares y vigésimo tercer conde de la Puebla, de 63 años. Hace cinco meses tomó el relevo su tercer hijo, Ignacio José Bernaldo de Quirós Loring (29 años), al frente a su vez de otras ocho sociedades, del ámbito agroganadero, inmobiliario o textil.
«No me enteré hasta hace dos días. No estoy al día de lo que ocurre en la finca de Jerez pero he preguntado por el derribo de la ermita y me han dicho que no se era consciente de que no se podía derribar nada. Si hubiera habido conocimiento de que era un inmueble protegido no se hubiera hecho», explica a este diario.
Obligación y sin permiso
«Me dicen que se decidió tirar las paredes de la ermita por precaución, porque cada día estaban peor y corrían el riesgo de venirse abajo y dañar a alguien que pasara por allí, y dejar lo que estaba mejor (la espadaña y fachada oeste, lo único que se mantiene en pie). No sabíamos que no se podía tocar», agrega.
Explican arqueólogos a este periódico que los titulares de fincas donde hay inmuebles históricos, no solo no pueden derribarlos, sino que están obligados a su conservación. La sanción por destruir un bien patrimonial puede llegar a 600.000 euros. También se puede obligar a la restitución a su estado original.
La ermita está incluida en las normas subsidiarias de Jerez como «elemento singular de interés prioritario» en el catálogo de inmuebles de valor artístico histórico arquitectónico exteriores.
En este tipo de edificios, recoge Adenex, solo están permitidas obras de consolidación, conservación, restauración y reforma restringida, siempre y cuando no afecte esta última a elementos significativos. En ningún caso las obras pueden afectar a elementos estructurales. Y menos derribarlos. El arqueólogo Víctor Gibello pone el foco también en daños en el yacimiento romano sobre el que se asentaba la ermita.
Mientras, el Ayuntamiento jerezano indica que se ha cometido un «atropello» contra el patrimonio de los extremeños y agrega que, además del derribo de casi toda la ermita, los dueños de la finca estaban haciendo unas obras –presumiblemente cerramiento ganadero en esa zona– sin permiso municipal.
Bernaldo de Quirós afirma a HOY que «no ha habido mala fe» y agrega en ese sentido que «me digan lo que tengo que hacer para ayudar a recuperarla. La idea es hacer siempre las cosas bien».
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