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El juez del caso Santa Bárbara exculpa a los exconcejales de Urbanismo

El juez del caso Santa Bárbara exculpa a los exconcejales de Urbanismo

Deniega la apertura de juicio y devuelve al caso al juzgado de Plasencia para que investigue si la exalcaldesa Elia Blanco u otras personas cometieron prevaricación

Claudio Mateos

Plasencia

Martes, 8 de mayo 2018, 15:22

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) no juzgará a los investigados por el caso Santa Bárbara. El juez instructor ha emitido este martes un auto en el que decreta de oficio el sobreseimiento de la causa en relación a los exconcejales María Victoria Domínguez, Mónica García y Francisco Barbancho «por no existir indicios racionales de criminalidad», y ordena remitir las actuaciones a un juzgado de Plasencia para que determine «con libertad de criterio» si la exalcadesa Elia María Blanco es responsable de un delito de prevaricación administrativa por omisión. Con respecto a la imputación por posible omisión del deber de perseguir delitos, el juez declara que ha prescrito para todos los investigados.

El auto, de 49 páginas, ha supuesto una sorpresa para todas las partes, que daban por hecho que los cuatro encausados tendrían que sentarse en el banquillo del TSJEx, como habían solicitado tanto la Fiscalía como el Ayuntamiento de Plasencia en sus escritos de acusación. El juez asume el relato de los hechos que aparece en esos escritos, pero añade una importantísima modificación: que los tres exconcejales de Urbanismo «carecieron a lo largo del tiempo durante el que ejercieron sus funciones de competencia para el dictado de resoluciones administrativas positivas de contenido decisorio», y por lo tanto no pueden haber cometido prevaricación alguna ni tienen responsabilidad penal en el hecho de que no se derribasen decenas de viviendas ilegales de la sierra de Santa Bárbara sobre las que pesaban órdenes firmes de demolición.

Con respecto a Elia Blanco, que sí tenía capacidad de emitir resoluciones urbanísticas que afectasen a terceros, ordena enviar la causa al Juzgado de Instrucción número 1 de Plasencia para que decida qué hacer «con libertad de criterio y arreglo a derecho», puesto que el único motivo de que estuviera en el TSJEx es la condición de aforada de María Victoria Domínguez, la cual ha sido exculpada por completo. Aclara además que el instructor de Plasencia puede continuar con el procedimiento investigando también lo ocurrido después de junio de 2011, ya que «deja de tener efecto el acotamiento temporal dispuesto por el TSJEx», de manera que el juzgado de primera instancia puede a partir de ahora actuar tanto contra la exalcaldesa como «contra cualesquiera otras personas si hubiera indicios y motivo para ello».

El juez declara la prescripción del delito de omisión del deber de perseguir delitos para los cuatro imputados, ya que la denuncia anónima que dio origen al procedimiento se puso más de cinco años después de que todos ellos cesaran en sus cargos.

La resolución, que se puede recurrir en un plazo de cinco días ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJEx, supone un gran triunfo para las defensas de los tres exconcejales de Urbanismo, y en especial para María Victoria Domínguez. La diputada regional de Ciudadanos ve cumplido en este auto su doble objetivo de salir indemne del procedimiento sin necesidad tan siquiera de sentarse en el banquillo, y de que la causa vuelva a los juzgados de Plasencia sin límites temporales, de manera que se pueda investigar también a los actuales gobernantes del Ayuntamiento, como ella había solicitado de manera insistente.

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