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El autobús volcó y perdieron la vida cinco menores. HOY
Diego Yebra: «No se puede conducir drogado, bebido y sin ITV»

Diego Yebra: «No se puede conducir drogado, bebido y sin ITV»

El fiscal de Tráfico de Badajoz utiliza el accidente del microbús de Castuera para advertir del riesgo de incumplir las normas

Viernes, 13 de octubre 2017

«No se puede conducir drogado, bebido ni sin pasar la ITV, porque la ITV detecta si un vehículo tiene intermitentes, espejo retrovisor y luz de freno. Con los accidentes de tráfico ocurre lo mismo que con la lotería, si uno compra todas las papeletas es seguro que le va a tocar», reflexiona estos días el fiscal de Tráfico de Badajoz, Diego Yebra, cuando valora la sentencia que condena a cuatro años de prisión al conductor de la retroexcavadora contra la que chocó el autobús en el que viajaba un equipo de fútbol de Monterrubio de la Serena, siniestro en el que perdieron la vida cinco menores en mayo de 2014.

Este fiscal especializado en asuntos de tráfico defendió desde el principio las tesis que aparecen en el informe realizado por los especialistas de la Guardia Civil. Y cuando llegó el momento de acusar puso el foco en el conductor de la retroexcavadora, para quien pidió la pena de prisión máxima.

Finalmente, el Juzgado de lo Penal número 1 de Don Benito y la Audiencia de Badajoz han coincidido en que el único responsable fue el conductor de la retroexcavadora. «¿Ha habido justicia? Habrá unos que estén conformes y otros que no, pero la Fiscalía está satisfecha porque todas las resoluciones judiciales han asumido los planteamientos inicialmente propuestos».

La sentencia que juzga este caso ya es firme y la pena impuesta al conductor se ha fijado en cuatro años de prisión, la máxima contemplada por la ley. «Es evidente que las familias nunca van a ver colmadas sus expectativas, porque nadie es capaz de recuperar a un ser querido fallecido, pero el deber de la Fiscalía es defender a las víctimas de los delitos y que haya una resolución judicial, esa es la única forma que tenemos de apoyarlas».

En este sentido, Diego Yebra valora la prudencia mostrada por los familiares de los niños que perdieron la vida. «Han mantenido un comportamiento magnífico respetando siempre la presunción de inocencia y no haciendo manifestaciones contra nadie. No se han dedicado a agredir, ni a decir que la justicia va mal, ellos han sido muy prudentes en un proceso muy duro para ellos».

Sentencia confirmada

Desde la Fiscalía se ha hecho también una valoración de los reparos planteados por el letrado que defendía al conductor de la retroexcavadora, quien llegó a solicitar que fuese apartada del caso la jueza que dictó sentencia. «Primero se puso en entredicho la labor del juzgado de instrucción, pero esa labor fue reforzada en la primera sentencia del juzgado de lo penal y más tarde en el fallo de la Audiencia Provincial. Luego se intentó recusar a la magistrada del penal diciendo que era parcial, pero ha quedado acreditado por sentencia que el proceso se ha realizado con todas las garantías, no ha habido ningún tipo de nulidad, y por tanto la actuación judicial ha sido intachable».

Ahora que ha concluido el procedimiento y que los juzgados han hablado, Diego Yebra ha querido recordar que durante los tres años de instrucción judicial, salvo en el inicio, ha guardado silencio para no interferir en la instrucción y garantizar la presunción de inocencia. «Lo que no se puede hacer es mentir diciendo que el conductor no había consumido drogas, que es lo que se ha dicho en los medios de comunicación, y que la culpa del accidente era del conductor del autobús, porque la sentencia da por probado el consumo y dice que la culpa es exclusiva del conductor de la retroexcavadora. Mientras el proceso ha estado abierto, nosotros no hemos salido a hacer desmentidos de algo que no era cierto y nos limitamos a esperar a que hubiera una resolución judicial».

«En circunstancias normales una condena de cuatro años supone el ingreso en prisión»

Con el fallo confirmado por la Audiencia, desde la Fiscalía se indica que el procedimiento volverá ahora al Juzgado de lo Penal número 1 de Don Benito para que se ejecute la sentencia. «En circunstancias normales una condena de cuatro años supone el ingreso en prisión», concluye el fiscal delegado de Tráfico de Badajoz.

Sentencia condenatoria

El fallo impuesto por el Juzgado de lo Penal de Don Benito considera al condenado autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave, en concurso con diez delitos por lesiones por imprudencia grave y un delito de lesiones por imprudencia grave.

En la sentencia se tiene en cuenta que aunque el autobús circulaba a una velocidad superior a la permitida, el accidente se hubiese producido de cualquier modo porque la excavadora giró de forma inesperada.

Además, el informe de la Guardia Civil detectó que la retroexcavadora no había pasado nunca la ITV (obligatoria desde 2009), carecía de alumbrado en el lado derecho, y en el lado izquierdo tenía fundido el sistema de frenado y la luz de posición, mientras que el intermitente tenía la bombilla pero la tulipa que da coloración a la emisión de luz estaba rota, por lo que al encenderse no se veía.

Igualmente carecía de espejos retrovisores (se había retirado la pieza sobre la que se acoplan los espejos) y no portaba la señal luminosa V-2 (luminoso amarillo), la V-4 (limitación de velocidad a 40) ni la V-5 (de vehículo lento).

En el juicio también se expuso el hecho de que el conductor hubiese dado positivo en cannabis y cocaína en el test, pero no se le llegó a condenar por conducción bajo la influencia de las drogas porque no quedó probado que eso afectara en la conducción.

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