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Los dos acusados, J. A. G. B. y C.F.V., en el banquillo. CASIMIRO MORENO
Sucesos en Extremadura : Los acusados de estafar a la cooperativa de Fuente de Cantos devolverán 30.000 euros
Sucesos en Extremadura

Los acusados de estafar a la cooperativa de Fuente de Cantos devolverán 30.000 euros

Han sido condenados a 4 meses y 3 meses de prisión tras reconocer los hechos, pero no deberán ingresar en prisión

Martes, 11 de mayo 2021, 13:22

La Cooperativa Nuestra Señora del Carmen de Fuente de Cantos, compuesta por unos 500 socios y dedicada a la elaboración de pan, recuperará 30.000 euros después de que su letrado, Carlos Sabán, haya alcanzado un acuerdo con los abogados de los dos gerentes que habían sido acusados de estafar más de 30.000 euros haciendo creer a esta sociedad que había adquirido maquinaria nueva cuando en realidad le habían entregado máquinas que tenían más de 10 años de antigüedad.

El juicio en el que iba a ser visto este delito de falsedad y estafa había sido señalado para la mañana de este martes. Se pedían hasta 6 años de cárcel para uno de los acusados pero finalmente no ha sido necesario celebrar la vista al haberse alcanzado una conformidad que rebaja de forma sustancial las penas de prisión.

Los hechos tuvieron su origen en el incendio que en marzo de 2011 afectó a las instalaciones de la cooperativa, donde resultó dañado un tren de laboreo compuesto por una pesadora heñidora, una amasadora, una cámara de reposo y una formadora que se utilizaba en la elaboración de pan.

Tras ese siniestro, la máquina fue reparada, pero el entonces gerente de la cooperativa de Fuente de Cantos, J. A. G. B. se puso de acuerdo con el gerente de la empresa Comercial Panadera Extremeña S. L. para elaborar un contrato de compraventa fechado el 26 de septiembre de 2011 en el que se reflejaba la adquisición de un tren de laboreo nuevo, operación a la que se le aplicaba un descuento por la supuesta entrega de la máquina dañada en el incendio. Esa factura acreditaba la compra de la máquina por parte de la cooperativa de Fuente de Cantos por un importe que ascendía a 35.400 euros.

En el escrito de acusación de la Fiscalía se indicaba que esa factura no se correspondía con una operación real, puesto que las máquinas dañadas en el incendio fueron reparadas y no resultó necesaria la adquisición de una maquinaria nueva.

Con el fin de que no se descubriera la estafa, los dos procesados se pusieron de acuerdo para realizar por sí mismos, o por intermediación de una tercera persona, la alteración de la placa de identificación de la pesadora heñidora y de la cámara de fermentación. De ese modo, la máquina del modelo 3/200 fabricada en 1999 se convirtió en una máquina del modelo 3/150 fabricada en 2011.

Por este motivo se les acusaba de haberse repartido esos 35.400 euros en una proporción que no ha podido ser concretada.

Los dos procesados se han reconocido este martes autores de ese delito de estafa y se han comprometido a devolver un total de 30.000 euros. Cada uno de ellos pagará 15.000 euros en 24 mensualidades, la primera el 1 de junio.

De ese modo han logrado una rebaja de la pena de prisión –para el primero se pedían 6 años de cárcel y 3 para el segundo–, quedando fijada la condena en 4 meses de prisión para el exgerente de la cooperativa de Fuente de Cantos, además del pago de una multa de 180 euros (3 euros diarios durante 2 meses), y en 3 meses de cárcel para el segundo imputado.

Se les aplica la atenuante de dilaciones indebidas y también la de reparación del daño.

Además, se les encuentra autores de un delito de falsedad para el que se impone, en ambos casos, el pago de una multa de 180 euros.

El tribunal de la Audiencia Provincial de Badajoz que ha visto este caso ha comunicado a los procesados que no tendrán que cumplir las penas de prisión siempre que abonen los 30.000 euros en las 24 mensualidades comprometidas y no vuelvan a delinquir

La Fiscalía había acusado también a J. A. G. B, de haber cargado en las cuentas de la cooperativas 2.358 euros en gastos de gasóleo que destinó a desplazamientos particulares y 3.993 euros por el alquiler de una nave para guardar las máquinas cuando en realidad esas instalaciones habían sido cedidas de forma gratuita.

Estos dos últimos cargos no han quedado probados en el juicio por lo que el acusado no tendrá que devolver esas cantidades.

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