Encarna Chacón, Julián Carretero y Miguel Coque figuran entre los procesados. HOY

La Audiencia de Badajoz confirma que habrá juicio contra CC OO por los cursos

Descarta el recurso de nulidad presentado por el sindicato, que pedía el archivo de la causa por entender que no había pruebas para acusarlos

Martes, 23 de enero 2024, 07:20

La Sección Tercera de la Audiencia de Badajoz, con sede en Mérida, ha dado la razón al juzgado instructor en su decisión se sentar en el banquillo a varios responsables de CC OO y de la fundación Forem por un presunto delito de subvenciones para ... el que la Fiscalía pide prisión.

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El auto dictado por el tribunal provincial rechaza el recurso presentado por los procesados, quienes pidieron la nulidad al entender que no hay pruebas incriminatorias contra ellos.

En el recurso del sindicato se incluían diez razones para rechazar la incoación del procedimiento abreviado por el que se pedía a la Fiscalía que presentase acusación y a los procesados, que enviasen sus escritos de defensa.

Exponía el abogado de CC OO «que la fase de instrucción habría concluido sin ninguna indemnización/reparación que resarcir y sin ningún perjudicado después de que la Junta de Extremadura comunicase que «no había sufrido perjuicio de ninguna clase».

Y añadía que, dado que la «Junta de Extremadura cesó en su condición de acusación particular especificando que no existía perjuicio para el Tesoro autonómico», no había razón para que la Fiscalía pudiese reclamar «ningún tipo de perjuicio o indemnización económica».

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«No puede confundirse una simple inadmisibilidad administrativa de la justificación en ciertas partidas o errores en la identificación de la normativa de aplicación, con el destino fraudulento de las citadas partidas», insistía el sindicato en su recurso.

Finalmente, ponía de relieve CC OO que en el auto dictado por el juzgado de instrucción no se concretaba qué parte de la acusación era la que se archivaba frente a José María Fernández Errázquin, responsable de una de las empresas externa que realizó cursos de formación por encargo de CC OO y Forem.

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El sindicato entendía que esa falta de concreción era relevante porque «buena parte de la impartición de la formación y de la responsabilidad que se atribuía a los apelantes tenía que ver con la actuación de Fernández Errázquin, resultando irregular que no se determinasen los hechos que se sobreseían y qué relación tenían con los demás investigados».

La Audiencia lo rechaza

Frente a ese recurso se sitúa ahora la resolución de la Audiencia, en la que se explica que cuando el juzgado de instrucción ha transformado las diligencias previas en procedimiento penal abreviado se ha basado en unos «indicios racionales de criminalidad» que no pueden ser valorados por en este momento procesal dado que será en el juicio donde se practiquen todas las pruebas para saber si se cometió o no el delito, manteniéndose hasta ese momento el derecho a la presunción de inocencia de todos los procesados.

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Recuerda el tribunal que cuando el juzgado instructor incoa el procedimiento abreviado lo que hace es establecer los hechos punibles y las personas a las que se les imputan, por lo que no se le puede exigir al juzgado instructor, y tampoco a la Audiencia, que realicen «una valoración exhaustiva de los informes, documentos o diligencias de investigación practicadas (...) ya que esos extremos deben debatirse en el juicio oral, siendo entonces cuando los recurrentes podrán invocar, en el legítimo ejercicio de su derecho de defensa, las conclusiones dispares que ahora alegan».

El tribunal también rechaza que el sobreseimiento parcial de la causa en lo referido a José María Fernández Errázquin tampoco puede suponer la nulidad del procedimiento.

De este modo, pide al Juzgado de Instrucción 4 de Mérida que siga adelante en un procedimiento en el que la Fiscalía Anticorrupción ya ha presentado acusación contra Miguel Coque, Encarna Chacón, Jaime Javier Fenollera , María del Carmen Muelas, Rocío Ballester y Julián Carretero, para quienes pide 2 años y 6 meses de prisión, además del pago de una multa de 500.000 euros por parte de cada uno de ellos. El escrito solicita también que a CC OO Extremadura y Forem Extremadura les sean impuestas sendas multas de 700.000 euros.

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Estas penas se justificarían por el incorrecto uso de casi 500.000 euros entregados para la realización de cursos formativos para empleados, unos fondos que habrían sido utilizados para cubrir gastos de personal que nada tenían que ver con esas acciones formativas.

Queda fuera de la acusación de la Fiscalía Fernández Errázquin, para quien no existen cargos.

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